OJO: Los asegurados no cobran indemnizaciones por desconocimiento

Los SOAT no cobrados alcanzan a S/.12 millones. 

Se puede acudir a la SBS para saber con qué seguros cuenta un familiarImagen

Foto archivo El Comercio

Hay indemnizaciones por siniestros que los usuarios de seguros o sus familiaresno cobran debido al desconocimiento de su existencia, dijo Gabriel Bustamante, presidente de la Asociación de Consumidores y Usuarios de Seguros (Acuse).

Un caso común es la cobertura del Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (SOAT) en la eventualidad de un atropello con fuga del vehículo. En esta situación, el afectado o sus familiares asumen los gastos de curación, pero muchos desconocen que pueden recuperarlos acudiendo al fondo de compensación que administra el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

"En el 2009 hubo 2.700 casos de atropello y fuga, de los cuales el 90% de los afectados no cobró la indemnización", agregó Bustamante, quien explicó que el procedimiento consiste en presentar las facturas de los gastos al MTC, que en 45 días debe reembolsar.

Comentó que existen S/.12 millones en indemnizaciones del SOAT que aún no han sido cobrados.

Además, señaló que hay entre 10 y 12 'seguros invisibles' por persona, es decir, aquellos que, por desconocimiento, sus indemnizaciones no son cobradas.

"Si una persona está en planilla y fallece, sus familiares tienen derecho a S/.2.080 para gastos de sepelio. Las tarjetas de crédito y de débito también tienen seguros. Y cuando una persona paga un peaje en una carretera, tiene derecho a un seguro por invalidez y gastos médicos", refirió en Radio Programas.

José Luis Rendón, gerente de negocios no tradicionales de Rímac, dijo que un caso común es el del seguro Vida Ley, que el empleador paga desde el cuarto año en que una persona está en planilla. "El trabajador fallece y, como los familiares no saben de la existencia del seguro Vida Ley, no lo cobran", agregó Rendón.

CÓMO SABER
Ante estos casos, en el 2009 se creó el registro de seguros de vida, que consiste en que, ante el fallecimiento de una persona, los familiares pueden acudir a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y esta debe responder en 10 días informando cuáles son los seguros con los que cuenta la persona, explicó Bustamante.

Por su parte, Rendón opinó que sería muy engorroso para las aseguradoras comparar todos los días, con su base de datos de asegurados, los DNI dados de baja por fallecimiento.

EL DATO
Gabriel Bustamante, de Acuse, indicó que la ley de emergencia, que obliga a las instituciones de salud a atender al paciente antes de cobrarle, no siempre se cumple.





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